Todos los matriculados Monotributistas que por su actividad están inscriptos en INGRESOS BRUTOS, deberán inscribirse en el nuevo Régimen Simplificado y tendrán tiempo para realizarlo hasta el 13/02/2017.
Este nuevo Régimen consiste en:
*Un pago mensual fijo, que reemplazará a la boleta que se hacía manual y que era en base a la facturación.
*El monto del pago mensual fijo dependerá de lo facturado en el último año calendario (2016). Dependiendo de lo que se facturó en el último año, hay que elegir la categoría a inscribirse:
Categorías IIBB | Ingresos Brutos anuales | Pago Mensual | Pago Anual |
I | Hasta $100000 | $ 150 | $ 1.500 |
II | Desde $100001 a $200000 | $ 300 | $ 3.000 |
III | Desde $200001 a $300000 | $ 600 | $ 6.000 |
IV | Desde $300001 a $400000 | $ 850 | $ 8.500 |
V | Desde $400001 a $500000 | $ 1.100 | $ 11.000 |
VI | Desde $500001 a $650000 | $ 1.400 | $ 14.000 |
VII | Desde $650001 a $800000 | $ 1.800 | $ 18.000 |
VIII | Desde $800001 a $1000000 | $ 2.200 | $ 22.000 |
Por ejemplo: un contribuyente que se encuentra en la categoría A del Monotributo y que, por lo tanto, puede facturar hasta $84000 por año, debe encuadrarse en la categoría I del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos y el pago mensual sería de $150.
*El pago puede ser mensual o existe la opción de hacer un solo pago anual con un descuento del valor de 2 cuotas y hay tiempo hasta el mes de febrero (a elección del contribuyente).
*Una vez adherido al Régimen Simplificado, se obtendrá una constancia de adhesión y ya se podrán imprimir los volantes para el pago, en donde figurarán las fechas de vencimientos.
*Los contribuyentes adheridos al Régimen NO SERÁN OBJETO DE RETENCIONES NI O PERCEPCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y QUEDARÁN EXCLUIDOS DEL SISTEMA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL DE ACREDITACIONES BANCARIAS (SIRCREB). Para ello, deberán presentar la constancia de adhesión al Régimen en el Banco donde tengan cuenta habilitada.
*NO deberán presentar la Declaración Jurada anual que vence en AGOSTO 2017.
*Si en algún mes el contribuyente no tiene ingresos, el pago mensual se debe realizar igual.
*La recategorización en el Régimen Simplificado se realizará en forma anual hasta el 31 de enero de cada año en función de lo facturado durante el año anterior a dicho mes.
Guía paso a paso para realizar la adhesión al régimen:
https://www.santafe.gob.ar/index.php/content/download/233482/1220815/file/Paso