Por medio de la presente queremos responder y aclarar las opiniones vertidas por los matriculados Técnicos de la Especialidad Higiene y Seguridad, sobre el origen, funciones y situación legal del Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos.
1-La creación del Colegio de M.M.O. y Técnicos, deviene de la disolución del ex – Consejo de Ingenieros, institución que reunía a profesionales de todos los niveles académicos y especialidades. Corresponde mencionar que en dicho Consejo los Técnicos teníamos limitaciones en el funcionamiento orgánico de la institución, sin igualdad de derechos, respecto a los colegas universitarios.
Ésta situación provocada, nos lleva a los Técnicos matriculados en el ex – Consejo de Ingenieros y a los que participábamos en la Asociación de Técnicos de Rosario y de Santa Fe, a solicitar durante los años 1991 y 1992, en la Legislatura Provincial el tratamiento de una ley de colegiación para los Técnicos. En ese momento primó la idea de contener a todos los Técnicos en un Colegio con todas las especialidades del mismo nivel académico, tomando como referencia los Colegios de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, Córdoba y San Juan, quienes fueron nuestros antecesores.
Debe entenderse que nos urgía la obligación de contener a los Técnicos que necesitábamos continuar ejerciendo la profesión en todas las ramas técnicas, porque se agitaba la idea de eliminar las profesiones técnicas así como a posteriori ocurrió con la Educación Técnica.
Lo hicimos con pasión y vocación de servicio, sin perseguir una cuestión económica.
2-Todas las Colegiaturas tienen delegado por parte del Estado Provincial, el otorgamiento de Matrículas y el control del Ejercicio Profesional independiente, siendo ésta su función principal y no pueden ejercer la defensa gremial para profesionales, pero sí la asistencia legal con gratuidad.
Todos los otros beneficios y servicios que ofrece nuestro Colegio, se pueden ver en nuestra página web o consultar en la Institución y es el reconocimiento voluntario que se otorga a los matriculados.
3- Con respecto a los honorarios profesionales, recordamos que se encuentran desregulados por la Ley 11089, la cual exige que los mismos se pacten libremente entre el Profesional y el Comitente, sin intervención de la Institución Colegiada.
El Colegio posee la Ley de Aranceles Nº 4114 para calcular los Aportes profesionales de todas las Especialidades Técnicas, que actualiza periódicamente el Honorario Mínimo profesional de referencia y el valor del Día de Tarea para el cálculo de Aportes. Asimismo se publica el valor horario de tarea, como referencia para los interesados.
Las remuneraciones que se ofrecen en las búsquedas que se divulgan, no dependen de nuestro Colegio ni el mismo puede intervenir. Respecto al trabajo en relación de dependencia formal y/o similar bajo la forma de honorarios profesionales, la Institución no puede regular valores de sueldos y/o honorarios profesionales.
4-Los Departamentos de Especialidades están contemplados en el Estatuto y se formaron con el inicio de actividades del Colegio. El Departamento de Higiene y Seguridad fue uno de los primeros en constituirse, y es el ámbito adecuado para que la especialidad se desarrolle.
El Directorio del Colegio siempre ha respaldado las actividades del Departamento, siendo necesario para las mismas, la participación activa de los matriculados, acercando sugerencias para evaluar su realización, con vocación de servicio, tiempo e ideas.
A éste respecto, se publican las novedades en la solapa del Departamento en la página web del Colegio y se notifica por correo electrónico a los matriculados.
5-El ser dirigentes de un Órgano Colegiado, nos obliga a dar la opinión sobre el proyecto de colegiación alternativa presentado, y velar por el cumplimiento de la Ley 10946 vigente.
Nos permitimos disentir en la creación de un colegio para Técnicos por especialidad exclusiva, considerando que los Técnicos de la Especialidad Higiene y Seguridad ya son parte de un Colegio Profesional que funciona correctamente y poseen un Departamento específico con representación en el Directorio.
Queremos defender la idea colectiva que fue mandato de la “Asamblea de Matriculados”, originaria de nuestro Colegio y también a los Colegas que manifiestan la intención de pertenecer a la Institución interdisciplinaria, sosteniendo que la colegiación original por título es superadora a la colegiación por especialidad, mezclando profesionales de distinto nivel académico, pudiendo esto generar diferencias, con las consecuencias conocidas.
No obstante respetamos la intención de los Licenciados de la especialidad de tener un colegio propio, que les permita el desempeño profesional adecuadamente y en plenitud de su formación.
6-Observando las opiniones agresivas, vertidas por algunos matriculados en el Facebook del Colegio, creemos conveniente recordar que el Título profesional requiere “conceder a sus Colegas un tratamiento respetuoso y correcto”, así también a la Institución y a la sociedad, para no generar una imagen chabacana del conjunto de los colegiados y de la Institución.
No aceptamos términos soeces, con relación a los ingresos que provienen del matriculado; las Memorias y Balances se someten a Asambleas anuales e indican una administración correcta en los veinticinco años del Colegio, estando toda la información a disposición.
También aprovechamos la oportunidad para informar que el Colegio Profesional de Técnicos y el Departamento de la Especialidad ha apoyado, en cada oportunidad que se nos ha consultado y/o informado formalmente, sobre la creación de alguna asociación de profesionales con perfil gremial. A éste respecto ninguna institución debidamente conformada se ha comunicado nunca por los medios correspondientes con el Colegio, a fin de establecer contactos para acciones conjuntas que favorezcan a los Colegas y su desempeño profesional.
Quedamos a disposición para conversar personal y/o grupalmente, sólo basta con solicitar una reunión en la Sede del Colegio.
M.M.O. Gabriel W. Boeri M.M.O. Miguel A. Rubbo
Secretario Presidente