RECATEGORIZACIÓN SEMESTRAL A PARTIR DE JULIO 2018
Se elimina la recategorización cuatrimestral de monotributo (enero, mayo, septiembre).A partir de julio de este año, la recategorización será semestral.
Al finalizar cada semestre calendario (enero/junio y julio/ diciembre), AFIP pondrá a disposición la información que posee sobre tu situación tributaria, a través del sitio web y mediante la remisión de alertas al “Domicilio Fiscal Electrónico” y dentro del servicio “Monotributo”
Cada 6 meses deberás recategorizarte, teniendo en cuenta tu facturación de los últimos 12 meses. En julio de cada año deberás confirmar tu categoría o “recategorizarte”, en caso de corresponder.
Pasos para realizarlo:
1-Ingresar con tu clave fiscal al servicio Sistema Registral.
2-Dentro del servicio, seleccionar la opción Registro Tributario, luego Monotributo, marcar el ítem Recategorización y por último hacer clic en “Generar declaración Jurada”.
3-Completar el formulario con los nuevos datos y al finalizar hacer clic en “Enviar Formulario”. El sistema desplegará la constancia de realización del trámite y la credencial para efectuar los pagos con la nueva categoría.
No están obligados a recategorizarse:
– Quienes deban permanecer en la misma categoría. En estos casos, continuarán abonando el importe que corresponda a su categoría.
– Se trate del inicio de actividades, y por el período comprendido entre el mes de inicio hasta que no haya transcurrido un semestre calendario completo. En este supuesto, los sujetos ingresarán el importe que resulte de la aplicación del procedimiento previsto para el inicio de actividad.