El Directorio de la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe 2º Circunscripción, se ve en la obligación de realizar aclaraciones por este medio, a raíz de tomar conocimiento de los agravios, e inexactitudes vertidas en el denominado “Boletín Oficial” Marzo 2014 – Personería Jurídica Nº 501/1985 del Centro de Jubilados y Pensionados de la Ingeniería.
Agravio a la Caja
Jubilado y Pensionado
El Directorio de la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe 2º Circunscripción, se ve en la obligación de realizar aclaraciones por este medio, a raíz de tomar conocimiento de los agravios, e inexactitudes vertidas en el denominado “Boletín Oficial” Marzo 2014 – Personería Jurídica N° 501/1985 del Centro de Jubilados y Pensionados de la Ingeniería.
Previo a ello, queremos manifestar que El Directorio recientemente ha resuelto otorgar un aumento en los haberes a partir de Julio del corriente año en forma adicional a los aumentos bianuales ya establecidos, sumado a la decisión de adelantar el haber complementario anual, todo como resultado de un esfuerzo permanente y continuo que se viene realizando en pos del bienestar de nuestros jubilados.
Para nuestra sorpresa y continuando con el camino de inexactitudes o falta a la verdad del Centro de Jubilados, observamos que en la página web del Centro de Jubilados se menciona que estas decisiones son como resultado de los reclamos realizados por el Centro y que las mismas obedecen al trabajo de la Comisión Directiva de esa entidad. Reiteramos que no salimos de nuestro asombro, porque entendemos que querer adjudicarse como propio el trabajo de otros, no parece ser digno de personas de bien.
Ahora sí, abordaremos a continuación algunos puntos del Boletín indicado en el primer párrafo, que consideramos merecen aclaración:
- En la Editorial página 2 segundo párrafo, se menciona que los haberes jubilatorios están por debajo de los límites de la pobreza y que eso se debe entre otras cosas a: la ineptitud, la codicia, la falta de ideas, la irresponsabilidad, el manejo irresoluto de los fondos…..
Dado que es responsabilidad del Directorio administrar los recursos de la institución; evidentemente esta serie de agravios e improperios se dirigen al mismo. Algo que lamentamos profundamente, porque lejos de construir estas actitudes destruyen, rompen diálogos, generan divisiones, aunque la pretensión del Presidente del centro al final de su editorial sea el trabajo mancomunado con el Directorio de La Caja, eso queda en el discurso, porque los hechos y la palabra escrita demuestran lo contrario.
A modo de reflexión final sobre este comentario, cabe señalar que desde la fecha que se hace mención (año 1990) algunos de los miembros de la actual Comisión Directiva del Centro fueron Directivos de La Caja.
- En la Editorial página 2 tercer párrafo, se dice que la Caja Previsional de la provincia de Córdoba ha entrado en cesación de pagos y que dicha situación condujo al Centro de Jubilados de esa provincia a plantearlo en la justicia…
Nada más alejado de la realidad y de la verdad. Sobre este particular el Directorio de la Caja de Previsión Social de Córdoba nos ha hecho llegar información de su puntualidad en los pagos de haberes y las actualizaciones que vienen realizando de los mismos. Además, nos remitió copia de la Carta Documento que el Directorio de la mencionada Caja le cursó al Centro de Jubilados de Rosario donde solicitan que ratifiquen o rectifiquen la incomprensible falacia, situación frente a la cual hacen reserva de iniciar acciones civiles y/o penales. También remitió copia de la carta cursada por el Centro de Jubilados de Córdoba al Centro de Rosario donde señalan que no es verdad que se hayan realizado planteos judiciales ni que la Caja de Córdoba esté en quiebra ni concurso preventivo, como así también dando fe de la muy buena relación que existe entre la Caja y el Centro.
- En la página 3, en Recuadro “Incremento del 20% en los Haberes Jubilatorios”
Se menciona, que se supone que el incremento otorgado por el Directorio es en respuesta a la nota presentada por el centro solicitando un bono de $ 2.000.- Sobre este particular debemos mencionar que no es así, dado que el Directorio en fecha 18/2/14 trató como quinto punto del orden del día el ajuste de los haberes, y la nota a que hace referencia el centro fue leída como punto 14 del orden del día en el ítem “correspondencia”. Por tal razón, una cosa (decisión de incrementar un 20% los haberes y adelanto del pago) no tiene nada que ver con la otra (solicitud de un bono por única vez).
- En la página 6, punto 2, Se menciona que se informó por nota los representantes del Centro de Jubilados ante la Caja sin haberse recibido respuesta a la misma, y sin que los mismos hayan podido desempeñar tal cometido. Al respecto vale realizar dos comentarios, a) En nuestra legislación no está contemplado que el Centro de Jubilados tenga representación en el Directorio de esta Caja. No obstante lo cual pueden asistir en calidad de oyentes a las reuniones abiertas, b) con referencia a dar respuesta a la comunicación de los representantes que asistirán a las reuniones de oyentes, se procedió simplemente a darse por notificados, sin necesidad de dar respuesta alguna, porque no corresponde a este Directorio aceptar o rechazar tales designaciones.
- En la página 6, punto 4, Se menciona que: a) los incrementos de los haberes otorgados por el Directorio de la Caja son totalmente irrisorios, b) que se hace referencia a que se suprimió la comisión de haberes jubilatorios de suma importancia para analizar la verdad de las variaciones de costos de vida que hoy padece el país, y c) que cuando se reclama al Directorio de la Caja el porcentaje adecuado de incremento se hace instantáneamente, sin análisis mediante, un descuento considerable.
Con referencia al ítem a) Debemos señalar que las últimas actualizaciones realizadas por el Directorio de esta institución han superado los índices inflacionarios, razón por la cual, se ha protegido el poder adquisitivo de los haberes jubilatorios. A modo de ejemplo, adjuntamos datos comparativos de los últimos años, de los ajustes de haberes otorgados por el Directorio de la Caja y los Índices de medición inflacionaria.
Período Ajustes IPEC IPC
Haberes Congreso
Jubilatorios
2011 30,49% 21,05% 22,60
2012 33,38% 17,75% 26,28
2013 32,14% 16,11% 30,78En el mes de febrero del corriente año, se otorgó un ajuste de haberes del 20% que si se lo compara con el ajuste otorgado por el ANSES resulta significativamente superior, dado que éste último fue sólo del 11,31%. Dando continuidad al compromiso asumido por el Directorio, como recientemente lo comunicáramos se otorgó además un incremento del 11% a partir de Julio del año en curso.
Se debe destacar además, que el Directorio en los últimos años viene asignando una suma adicional en concepto de ayuda solidaria como complemento de los haberes de diciembre y del haber anual complementario.
Item b) La decisión del Directorio de tratar todo lo atinente a ajustes de haberes en forma directa sin delegar en comisiones dicha responsabilidad, obedece claramente a dos aspectos, el primero y de mayor importancia corresponde a tener un mayor dinamismo en esta temática en virtud del contexto socio económico reinante y en segundo lugar, por entender que no se requiere una comisión especial para tener la información sobre las variaciones del costo de vida, dado que la institución cuenta con profesionales propios y contratados altamente capacitados para asesorar en la materia de análisis.
Item c) con respecto a lo mencionado en este ítem, creemos que está respondido en los ítems anteriores, y cabe aclarar que todas las decisiones que toma el Directorio parten de un análisis pormenorizado y profundo de cada temática en particular.
- En la página 7 primer párrafo, se menciona que no se cumple con la Ley Nacional de otorgar el descuento del 70% para los medicamentos de tratamiento prolongado, como si lo hacen otras obras sociales. Debemos señalar que nuestra institución viene cumpliendo desde el año 2004 al igual que el resto de las obras sociales y prepagos médicos con el descuento indicado, conforme a la Resolución 310/04 y complementarias, del Ministerio de Salud. También, es importante señalar que en materia de descuentos de medicamentos la cobertura que brinda la Caja (del 50%) es superadora al resto de las obras sociales del mercado que otorgan un 40% conforme lo establece el PMO.
- En la página 7, tercer párrafo última parte, se menciona que se solicitó a la Caja una reunión con los miembros de la Mesa Ejecutiva a fines del año pasado y que no se tuvo respuesta.
Debemos expresar que se está faltando a la verdad, en virtud de que con fecha 4 de diciembre de 2013 el Directorio envió nota al Centro de Jubilados, solicitando conocer previamente los temas a tratar en la reunión, con el objeto de que la misma fuera más ágil y dinámica, no obteniéndose hasta la fecha respuesta alguna.
- Página 7, sexto párrafo, se menciona la preocupación del Centro de jubilados por entender concomitancia entre el Directorio de la Caja y algunos Directivos de los Colegios de no incrementar el valor del costo por m2. No entendemos claramente el uso del vocablo concomitancia en esta redacción, pero si se debe interpretar acuerdo entre directivos Caja y Colegios para no actualizar el número base, nada de esto ha ocurrido. Prueba de ello, es la Resolución No 315 dictada por la Caja en el año 2005 que permitió la actualización de los valores para el cálculo de los aportes profesionales.
- Página 7, punto 8, se expresa que “Nos satisface el otorgamiento de medallas a los últimos jubilados, realizada con todo esplendor en salones de la estación fluvial. El único invitado de nuestra CD fue nuestro Presidente, que con dignidad, avisó no concurrir como único representante.” Nuevamente estamos ante expresiones inexactas alejadas de la verdad y como prueba de ello adjuntamos nota del presidente del Centro de Jubilados dirigida al Presidente de la Caja donde aclara que su ausencia obedeció pura y exclusivamente a razones de salud.
El Directorio