El DNU 376/20 incorporó dentro de los beneficios del Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción ATP la posibilidad de que monotributistas puedan acceder a créditos a tasa cero mediante financiación en tarjetas de crédito a nombre del titular.
Requisitos:
- Estar inscripto en cualquier categoría.
- No haber prestado servicios al Sector Público (70% o más de la facturación en el período comprendido entre el 12/03 y 12/04 de 2020).
- No percibir ingresos por trabajar en relación de dependencia.
- No percibir ingresos por jubilación.
- Tener una situación crediticia 1 ó 2. Se obtiene desde la web del BCRA.
- Que el monto de la facturación electrónica, entre el 12/03/2020 y el 12/04/2020, haya caído por debajo del promedio mensual de ingreso brutos mínimos de la categoría en la que te encuentres registrad0. Por ejemplo: Si estás en categoría B, la facturación tuvo que haber sido menor a $17.394.-
- En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
Pasos a seguir según Comunicación BCRA N°6993:
- Los bancos verificarán quiénes son elegibles para el crédito según AFIP. (no se sabe a partir de cuándo).
- Una vez presentada la solicitud, se deberá acreditar en un plazo de hasta 2 días hábiles en la tarjeta de crédito.
- La financiación deberá ser acreditada en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
- A partir del momento de la primera acreditación y hasta la total cancelación no se podrán obtener adelantos en efectivo con la tarjeta.Tampoco podrán acceder al mercado de cambios de moneda extranjera ni comprar títulos públicos con ese fin. O sea, no se pueden comprar dólares.
- A cada cuota se le adicionará la cuota del componente impositivo del monotributo.
- La financiación contará con un período de gracia de 6 meses y se reembolsará en al menos 12 cuotas mensuales.